
Este curso está dirigido a toda aquella persona que por cuestiones laborales manipule alimentos y por consiguiente esté obligada haber superado la formación de
manipulador de alimentos.
La creciente exigencia de las normativas y el aumento de la demanda de alimentos de mayor calidad alimentaria por parte de los consumidores, hace necesario que los profesionales y trabajadores que desarrollan su labor como Manipuladores de Alimentos, tengan conocimientos de higiene alimentaria que les permitan conocer la forma más correcta de realizar su trabajo contribuyendo así a aumentar la
seguridad alimentaria.
Con esta base han sido regulados los aspectos mínimos de formación que deben manejarse en este ámbito de la manipulación de alimentos y se han establecido las medidas mínimas de formación que debe adquirir toda persona que manipule productos destinados a la alimentación humana para garantizar nuestra propia seguridad alimentaria.
El 19 de febrero de 2010 se ha publicado en el B.O.E. la derogación del Real Decreto 109/2010 de 5 de febrero que deroga el Real Decreto 202/2000, con esta modificación normativa, se elimina la obligación de autorización administrativa previa para los cursos de manipulador de alimentos pero se mantiene la obligación de dicha formación y se traslada la responsabilidad en materia de formación desde las administraciones competentes a los operadores de empresas alimentarias, que habrán de acreditar, en las visitas de control oficial, que los manipuladores de las empresas han sido debidamente formados en las labores encomendadas, con lo que este curso es perfectamente válido para cumplir con el requisito legal de formación.

Con la entrada en vigor del
Tratado de Bolonia y la adaptación del sistema universitario español al espacio Europeo que determina dos niveles básicos de formación universitaria,
títulos de Grado y Títulos de Postgrado, se han producido modificaciones legislativas en el ámbito de Técnicos Competentes de Prevención de Riesgos Laborales; dichas modificaciones están orientadas a sustituir los antiguos cursos de formación como Técnico de Nivel Superior en Prevención de Riesgos Laborales por postgrados oficiales universitarios, dando un valor añadido a un título que ya era oficial, el valor académico de
Postgrado Oficial.
AVISO IMPORTANTE
Programa Oficial de Postgrado específico para Técnicos de Nivel Superior en Prevención de Riesgos Laborales del antiguo sistema de formación

El objetivo principal es formar especialistas que puedan desarrollar las funciones de coordinadores en materia de seguridad y salud contempladas en el RD 1627/97, de acuerdo al contenido formativo aprobado en la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y recomendado por el Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales obliga a las empresas a desarrollar un sistema de gestión para la Prevención de Riesgos Laborales.
Aquellas empresas que hayan optado por un modelo de prevención basado en recursos propios deberán ser auditadas según las especificaciones que la propia ley y su normativa de desarrollo contienen. Es, por tanto, necesario formar a Técnicos Superiores en Prevención de Riesgos Laborales, tanto para la realización de estas auditorias externas, como para el conocimientos de las obligaciones y requisitos que de ellas se derivan para las organizaciones, con la finalidad de desarrollar también auditorias internas.

Este curso es válido para convalidar el Módulo de FOL de los nuevos ciclos de Formación Profesional.
El Curso Básico de Prevención de Riesgos Laborales supone la puerta de entrada al mundo de la prevención, a la posibilidad de aplicar conceptos de prevención en la práctica diaria e, incluso, a iluminar una posible vía de especialización profesional.
Este Curso Básico en Prevención de Riesgos Laborales, por si mismo, capacita para el desempeño de varias funciones en el ámbito de la prevención.
- Como empresario, asumir la gestión de la prevención en empresas de hasta 10 trabajadores (empresas no incluidas en el Anexo I del RD 39/1997)
- Como trabajador asumir la condición de Delegado de Prevención
- Actuar como Trabajador Designado
El alumno puede escoger entre los siguientes sectores de actividad para enfocar la formación hacia su sector profesional:
- Actividades Deportivas
- Almacén
- Ambulancias
- Áridos
- Artes Gráficas
- Aserraderos
- Buceo
- Carpinteria Metálica
- Centros de Belleza e Imagen Personal
- Cooperativas Agrícolas
- Educación
- Electrónica y Electricidad Básica
- Energía Solar
- Fontanería
- Ganaderías
- Hostelería
- Industrias Cárnicas
- Industrias Químicas
- Informática y Comunicaciones
- Instalaciones Solares
- Oficinas y Despachos
- Operarios de Mantenimiento sector Comercio
- Panaderías
- Parques Eólicos
- Personal de Asistencia a Domicilio
- Personal Marítimo y Pesquero
- Personal no Sanitario
- Personal Sanitario
- Plantas Termosolares
- Recepción y atención al cliente
- Supervisor de Delegaciones Comerciales
- Taller Mecánico
- Taller Textil
- Trabajos en Altura
- Trabajos de Artesanía
- Trabajos de Jardinería
- Trabajos de Limpieza
- Trabajos en Electricidad (Alta y Baja Tensión)
- Trabajos Forestales
- Transporte de Mercancias
- Venta y Distribución de Muebles
Con la entrada en vigor del Tratado de Bolonia y la adaptación del sistema universitario español al espacio Europeo, que determina dos niveles básicos de formación universitaria, títulos de Grado y Títulos de Postgrado, se han producido modificaciones legislativas en el ámbito de Técnicos Competentes de Prevención de Riesgos Laborales; dichas modificaciones están orientadas a sustituir los antiguos cursos de formación como Técnico de Nivel Superior en Prevención de Riesgos Laborales por postgrados oficiales universitarios, dando a un título que ya era oficial un valor añadido, el valor académico de Postgrado Oficial.
Con la entrada en vigor del Tratado de Bolonia y la adaptación del sistema universitario español al espacio Europeo, que determina dos niveles básicos de formación universitaria, títulos de Grado y Títulos de Postgrado, se han producido modificaciones legislativas en el ámbito de Técnicos Competentes de Prevención de Riesgos Laborales; dichas modificaciones están orientadas a sustituir los antiguos cursos de formación como Técnico de Nivel Superior en Prevención de Riesgos Laborales por postgrados oficiales universitarios, dando a un título que ya era oficial un valor añadido, el valor académico de Postgrado Oficial.

Con la entrada en vigor del
Tratado de Bolonia y la adaptación del sistema universitario español al espacio Europeo que determina dos niveles básicos de formación universitaria,
títulos de Grado y Títulos de Postgrado, se han producido modificaciones legislativas en el ámbito de Técnicos Competentes de Prevención de Riesgos Laborales; dichas modificaciones están orientadas a sustituir los antiguos cursos de formación como Técnico de Nivel Superior en Prevención de Riesgos Laborales por postgrados oficiales universitarios, dando un valor añadido a un título que ya era oficial, el valor académico de
Postgrado Oficial.